"En este libro, en efecto, el autor, que ha examinado y estudiado a fondo lo que explica sin afectaciones, cumple la bΓ‘sica funciΓ³n que corresponde en derecho a una dogmΓ‘tica bien entendida. El jurista debe estar, par cierto, bien informado del tema de que se ocupa, y su saber debe abrevar en la copiosa fuente de la historia doctrinal, legislativa y en la experiencia recogida en la aplicaciΓ³n de leyes y sistemas. Ese saber, sin embargo; no ha de inducir a virtuosismos bibliogrΓ‘ficos y a teorizaciones opinantes, desviados del rumbo que en el derecho siempre apunta a problemas prΓ‘cticos de la convivencia, que es sobre todo coexistencia bajo normas objetivas de conducta. Al libro de Derecho se va siempre en busca del consejo que debe darse a alguien que se dispone o estΓ‘ obligado a hacer algo, y paro ello necesita conocer anticipadamente el curso posible de su acciΓ³n. Y una de las cosas que deben ser previstas y determinadas con rigor para hacer las cosas bien son las regularidades normativas. Sin esa seguridad no hay ni despliegue de acciΓ³n individual ni dinΓ‘mica colectiva. La seguridad jurΓdica, es su condiciΓ³n, y Γ©sta se compone, en primer lugar, de un conocimiento preciso de las leyes y despuΓ©s de confianza polΓtica. Lo primero, sin embargo, es la tarea normal y vital del jurista y del abogado. Esta ubicaciΓ³n y esta caracterΓstica es lo que hace muy acertada y valiosa la obra de Celso Delmanto. Tanto en el presente como en otros libros de Γ©l aparecen unidas, varias condiciones inherentes a la calidad de un buen libro de Derecho". Celso Delmanto.