"En este libro, en efecto, el autor, que ha examinado y estudiado a fondo lo que explica sin afectaciones, cumple la bÃĄsica funciÃģn que corresponde en derecho a una dogmÃĄtica bien entendida. El jurista debe estar, par cierto, bien informado del tema de que se ocupa, y su saber debe abrevar en la copiosa fuente de la historia doctrinal, legislativa y en la experiencia recogida en la aplicaciÃģn de leyes y sistemas. Ese saber, sin embargo; no ha de inducir a virtuosismos bibliogrÃĄficos y a teorizaciones opinantes, desviados del rumbo que en el derecho siempre apunta a problemas prÃĄcticos de la convivencia, que es sobre todo coexistencia bajo normas objetivas de conducta. Al libro de Derecho se va siempre en busca del consejo que debe darse a alguien que se dispone o estÃĄ obligado a hacer algo, y paro ello necesita conocer anticipadamente el curso posible de su acciÃģn. Y una de las cosas que deben ser previstas y determinadas con rigor para hacer las cosas bien son las regularidades normativas. Sin esa seguridad no hay ni despliegue de acciÃģn individual ni dinÃĄmica colectiva. La seguridad jurÃdica, es su condiciÃģn, y ÃĐsta se compone, en primer lugar, de un conocimiento preciso de las leyes y despuÃĐs de confianza polÃtica. Lo primero, sin embargo, es la tarea normal y vital del jurista y del abogado. Esta ubicaciÃģn y esta caracterÃstica es lo que hace muy acertada y valiosa la obra de Celso Delmanto. Tanto en el presente como en otros libros de ÃĐl aparecen unidas, varias condiciones inherentes a la calidad de un buen libro de Derecho". Celso Delmanto.